Carta de Cese
de hostilidad
Arequipa, ……………….
SEÑOR
GERENTE GENERAL
DE LA………………….. DE AREQUIPA.
Esquina
de la Calle Peral con Ayacucho S/N (Edificios Administrativos de la Gerencia de Red Asistencial
de EsSalud Arequipa), Cercado de Arequipa
Presente.-
De mi mayor consideración:
Previo atento saludo a su persona, por medio de la
presente le requiero formalmente para que en el plazo de seis días naturales
cumpla con abstenerse de realizar el acto de hostilidad consistente en la
reducción inmotivada de mi remuneración, caso contrario iniciaré las acciones
legales del caso.
El suscrito
actualmente es empleado profesional 1, del Hospital Edmundo Escomel de ESsalud, con
contrato a plazo indeterminado desde Julio del
año 2000, hasta la actualidad, bajo el
régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, recibiendo una remuneración de
S/. 2200.00 Nuevos Soles.
Posteriormente y de manera intempestiva
desde Marzo del 2008, la entidad a la que usted representa ha procedido
a reducir mi remuneración a la cantidad de S/. 1800. 00; y S/. 1859.00 (montos que varían mes a
mes sin justificación alguna).
Esta
reducción en mi remuneración es ilegal; puesto que, en la Resolución de
Gerencia General Nº 688-GG-ESSALUD-2004, que aprueba el nuevo escalafón de ESALUD, señala que el ingreso mensual
como Profesional 1 equivale a S/ 3750.00 (remuneración que es la suma del monto
por remuneración mas la bonificación de la Resolución 019-97-EF), como puede
verse en el presente caso se ha afectado la remuneración del accionante
habiéndose variado de S/. 2200.00 a S/. 1 800.00 Nuevos Soles.
Lamentablemente
la
entidad a la que usted representa no ha tomado en cuenta que el artículo 22 de la Constitución Política del
Perú, dispone: “Ninguna relación
laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni
desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”, por lo que, debe tenerse en
cuenta que al reducir mi remuneración se
están vulnerando mis derechos Constitucionales puesto que, la remuneración es
de carácter alimenticio, y el único sustento del recurrente y su familia;
considerándose además el artículo 24 de la Carta Magna que prescribe: “El
trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure,
para él y su familia, el bienestar material y espiritual”.
Respecto de esto le indico que existe el principio
jurídico laboral de intangibilidad de remuneraciones, por el cual Ud. está en
la obligación de restituir la remuneración que venía percibiendo.
Sustento en presente escrito en las siguientes normas:
1.
El Artículo 30 del Decreto supremo 003-97-TR que
indica “Son actos de hostilidad equiparables al despido los siguientes: (…) b.- La reducción inmotivada de la remuneración
o de la categoría.”
2.
El penúltimo párrafo del también artículo 30 que indica
“El Trabajador, antes de accionar judicialmente deberá emplazar por escrito a
su empleador imputándole el acto de hostilidad correspondiente, otorgándole un
plazo razonable no menor de seis días naturales para que, efectúe su descargo o
enmiende su conducta, según sea el caso.”
Sin otro particular, quedo de Ud. esperando enmiende
su conducta.
Atentamente,
…………….. ………………… ……………….
DNI. ……………,
Dirección
domiciliaria en ………………………..
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