jueves, 16 de mayo de 2013

modelo de demanda de ejecucion de acta de conciliación extrajudicial



EXPEDIENTE:
ESPECIALISTA:
ESCRITO: 01-2012
SUMILLA: Demanda de ejecución de Acta de Conciliación.
SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA
…………….., identificada con DNI. …………..,  con dirección domiciliaria en………………., y con dirección domiciliaria en ………………………., Cercado de Arequipa,  a Ud., respetuosamente, me presento y digo:
I.                   DEL DEMANDADO:
……………………, a quien se le deberá notificar en Calle …………………, del Distrito de Yanahuara, Provincia y Departamento de Arequipa. 
II.               PETITORIO
Interpongo demanda de Ejecución de Titulo Ejecutivo extrajudicial, con la  finalidad que se cumpla con los acuerdos establecidos en el Acta de Conciliación de fecha 29 de Marzo del 2012, derivada del Expediente Nº ….. -2012, que consisten en:
PRIMERO: El Sr.………….. acuda al menor………………, representado por la accionante, con una pensión alimenticia  de doscientos cincuenta nuevos soles, que se harán efectivos los días primero de cada mes, a través de depósito bancario en la cuenta Nº …………………….
SEGUNDO: El Sr. ……………. cumpla con comprar al menor ………………., una muda completa de ropa por el  mes de Julio, valorizado en Doscientos nuevos soles.
COMO PRIMERA PRETENSIÓN ACCESORIA: Solicito el pago de los  devengados que se han generado por el incumplimiento del pago de la mensualidad desde el mes de Agosto hasta la fecha de interposición de la demanda.
COMO SEGUNDA PRETENSIÓN ACCESORIA: Solicito el pago de los   correspondientes intereses legales que se han generado, por el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia.
III.            FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
1.      La accionante es madre del menor………….., tal como aparece en el Acta de nacimiento de la Municipalidad Provincial de Arequipa, que adjunto al presente.
2.      La persona de…………………, con fecha 29 de Marzo del presente año, vía Acta de Conciliación Extrajudicial celebrado en el “Centro de Conciliación……………..”, acordamos regular el régimen de alimentos a favor de……………………..
3.      En la mencionada acta se acordaron los siguientes puntos:
a)      Don …………………., acudirá a su mejor hijo ………………….. de 1 año de edad, con una pensión de (Doscientos cincuenta nuevos soles), que se harán efectivos los días primero de cada mes a  través de depósito en la cuenta Nº ……………., siendo el primer pago el 01 de Abril del 2012.
b)     De iniciarse los estudios del menor hijo los meses de febrero de cada año cubrirá el 50 % del total de los gastos que demanden matriculas, útiles y uniformes escolares, conviniendo ambas partes que este 50% será aproximadamente Trescientos Nuevos Soles, para efectos de liquidación en caso de incumplimiento
c)      De iniciarse los estudios del menor hijo, asumirá el 50% del pago de pensión escolar mensual, la que las partes estiman en promedio Cincuenta Nuevos Soles.
d)     Los meses de Julio y Diciembre de cada año, comprara una muda de ropa para el menor hijo valorizado en Doscientos Nuevos Soles cada una.
4.      Con respecto al ítem b), y c), al no haberse iniciado aún los estudios de mi menor hijo, no se requiere la ejecución de los mismos.
5.      Con respecto al ítem a), el padre de mi menor hijo Sr. …………….., solo ha cumplido con las pensiones alimenticias de los meses correspondientes a Abril, Mayo, Junio y Julio; sin embargo no ha cumplido con los meses de Agosto y Setiembre.
6.      Igualmente, con respecto al ítem d), el padre de mi menor hijo Sr. …………………., no ha cumplido con comprar la muda de ropa perteneciente al mes de Julio.
DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 689 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
7.      En mérito a lo dispuesto en el artículo 689 del Código Procesal Civil cumplo con fundamentar que los acuerdos en el ACTA DE CONCILIACIÓN de fecha  29 de  Marzo del 2012,  son ciertos, expresos y exigibles:

a.       Cierto y expreso: Porque en el titulo ejecutivo se han establecido de forma clara e indubitable los acuerdos a los cuales han arribado las partes conciliantes.
b.      Exigible: Porque el ahora demandado no ha cumplido con comprar y entregar a su menor hijo la muda de ropa correspondiente al mes de Julio del presente año, que para efectos de liquidación equivalen a S/. 200.00nuevos soles, asimismo no ha cumplido con acudir a Víctor Gabriel Juárez  Cutire con la pensión alimenticia correspondiente a los meses de Agosto y Setiembre, equivalente a S/. 250.00 cada una.
c.       Líquida: Porque en el título ejecutivo se ordena el pago de una suma dineraria específica que asciende a S/. 250.00 Nuevos Soles, por concepto de pensión alimenticia; así como, respecto a la muda de ropa en su equivalente que es S/. 200.00 nuevos soles.
d.      Liquidable: Ya que, en el título ejecutivo se ha establecido el monto dinerario específico por la pensión alimenticia, así como el equivalente en dinero respecto a los demás compromisos como son:
a)      50 % del total de los gastos que demanden matriculas, útiles y uniformes escolares, conviniendo ambas partes que este 50% será aproximadamente Trescientos Nuevos Soles.
b)      50% del pago de pensión escolar mensual, la que las partes estiman en promedio Cincuenta Nuevos Soles.
c)       Los meses de Julio y Diciembre de cada año, comprara una muda de ropa para el menor hijo valorizado en Doscientos Nuevos Soles cada una
8.      Por lo expuesto, corresponde admitir a trámite la demanda y en consecuencia se emita el mandato Ejecutivo que ordene el cumplimiento de los acuerdos que se encuentran pendiente de cumplimiento establecidos en el Acta de Conciliación.

IV.              FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.      Lo previsto en el Artículo 688 del Código Procesal Civil que establece que son títulos de ejecución las actas de conciliación por lo que, procede promover su ejecución en caso de incumplimiento. 
2.      Lo establecido en el artículo 689 del Código Procesal Civil  que señala que “procede la ejecución cuando la obligación contenida en el titulo es cierta, expresa y exigible”.
V.                 VIA PROCEDIMENTAL
La presente debe tramitarse por la Vía del Proceso Único de Ejecución previsto en el artículo 688 del Código Procesal Civil.
VI.             MONTO DEL PETITORIO
El monto del petitorio asciende a S/. 700.00 Nuevos Soles.
VII.          MEDIOS PROBATORIOS

1.      Partida de nacimiento original de mi menor hijo Víctor Gabriel Juárez Cutire, con la que se acredita la legitimidad para obrar activa de la accionante en representación de mi menor hijo.
2.      Copia Certificada del ACTA DE CONCILIACIÓN de fecha 29 de Marzo del 2012.
3.      Liquidación de parte, donde aparece el monto que se devenga por los meses de Agosto, Setiembre y el monto de S/. 200.00 Nuevos Soles equivalente al valor de la muda de ropa correspondiente al mes de Julio.

VIII.      ANEXOS:

1-A Copia de mi DNI.
1-B ACTA DE CONCILIACIÓN de fecha 29 de Marzo del 2012.
1-C Partida de nacimiento original de mi menor hijo Víctor Gabriel Juárez Cutire
1-D Liquidación de parte.

POR LO EXPUESTO:
A Ud., pido calificar positivamente la demanda y dictar el mandato de Ejecución correspondiente.
PRIMER OTROSI: De conformidad con el inciso b), del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, me encuentro exonerada de pago alguno de tasas judiciales.
SEGUNDO OTROSI: De conformidad con el artículo 80 del Código Procesal Civil, otorgo y/o delego a mi abogado patrocinador las facultades generales de representación a que se refiere el artículo 74 del CPC, declarando estar instruida de la representación que otorgo y de los alcances de la misma.
TERCER OTROSI: Mediante la presente, autorizo a la Srta. ………………….. Identificada con DNI. …………., para que pueda tramitar y recabar copias simples, certificadas, oficios, partes dobles, anexos y demás documentos jurisdiccionales, así como revisar el expediente las veces que sean necesarias.

POR LO EXPUESTO:
A Ud. solicito acceder.


Arequipa,…………… del 2012.





MESES ADEUDADOS
MONTO ACORDADO EN CONCILIACION EXTRAJUDICIAL
MONTO A CUENTA
MONTO DINERARIO
Agosto

S/. 250

00


S/. 250
Setiembre

S/. 250


00


S/. 250
Muda de ropa por el mes de Diciembre
S/. 200

00

S/. 200
Total

00

S/. 700


lunes, 13 de mayo de 2013

CONVOCATORIA DE PRACTICAS EN DERECHO


 
Sirva la presente para informar que la Secretaría General de la Comunidad Andina, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional en el marco de las actividades de la Red Universitaria de Derecho Comunitario Andino (RUDCA), convoca a estudiantes y recién egresados de las Escuelas y Facultades de Ciencias Económicas, Ciencias Jurídicas y Políticas y Ciencias Sociales a participar en el Programa de Prácticas de la Secretaría General.

Las prácticas tienen como finalidad apoyar en la formación de profesionales que coadyuven en el cumplimiento de los objetivos del proceso de integración andino, sus valores y principios.
 
Las prácticas pre – profesionales y profesionales se desarrollarán del 22 de julio al 20 de diciembre de 2013, a tiempo completo y se desarrollarán en las diferentes áreas de la Secretaría General.
 
Para el V Programa de Practicas serán admitidos ocho (8) participantes. En la evaluación se tomará en cuenta la trayectoria académica y el perfil de formación profesional.

La convocatoria estará abierta hasta el 9 de junio de 2013. Las postulaciones se recibirán únicamente en el correo electrónico pasantias@comunidadandina.org

Para conocer aun más sobre el Programa, la convocatoria, requisitos para postular, becas, proceso de admisión, entre otros, los invitamos a ingresar al siguiente enlace: http://www.comunidadandina.org/Convocatorias.aspx


jueves, 9 de mayo de 2013

Modelo de carta de cese de actos de hostilidad



Carta de Cese de hostilidad

Arequipa, ……………….

SEÑOR
GERENTE GENERAL DE LA…………………..  DE AREQUIPA.
Esquina de la Calle Peral con Ayacucho S/N (Edificios Administrativos de la Gerencia de Red Asistencial de EsSalud Arequipa), Cercado de Arequipa
Presente.-
De mi mayor consideración:

Previo atento saludo a su persona, por medio de la presente le requiero formalmente para que en el plazo de seis días naturales cumpla con abstenerse de realizar el acto de hostilidad consistente en la reducción inmotivada de mi remuneración, caso contrario iniciaré las acciones legales del caso.
El suscrito actualmente es empleado profesional 1, del Hospital  Edmundo Escomel de ESsalud, con contrato a plazo indeterminado desde Julio del año 2000, hasta la actualidad,  bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, recibiendo una remuneración de S/. 2200.00 Nuevos Soles.

Posteriormente y de manera intempestiva desde Marzo del 2008, la entidad a la que usted representa ha procedido a reducir mi remuneración a la cantidad de S/.  1800. 00; y S/. 1859.00 (montos que varían mes a mes sin justificación alguna).

Esta reducción en mi remuneración es ilegal; puesto que, en la Resolución de Gerencia General Nº 688-GG-ESSALUD-2004, que aprueba el nuevo escalafón   de ESALUD, señala que el ingreso mensual como Profesional 1 equivale a S/ 3750.00 (remuneración que es la suma del monto por remuneración mas la bonificación de la Resolución 019-97-EF), como puede verse en el presente caso se ha afectado la remuneración del accionante habiéndose variado de S/. 2200.00 a S/. 1 800.00 Nuevos Soles.
Lamentablemente la entidad a la que usted representa no ha tomado en cuenta que el artículo 22 de la Constitución Política del Perú, dispone: “Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”, por lo que, debe tenerse en cuenta que al reducir mi  remuneración se están vulnerando mis derechos Constitucionales puesto que, la remuneración es de carácter alimenticio, y el único sustento del recurrente y su familia; considerándose además el artículo 24 de la Carta Magna que prescribe: “El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual”.
Respecto de esto le indico que existe el principio jurídico laboral de intangibilidad de remuneraciones, por el cual Ud. está en la obligación de restituir la remuneración que venía percibiendo.
Sustento en presente escrito en las siguientes normas:
1.             El Artículo 30 del Decreto supremo 003-97-TR que indica “Son actos de hostilidad equiparables al despido los siguientes: (…) b.- La reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría.”

2.             El penúltimo párrafo del también artículo 30 que indica “El Trabajador, antes de accionar judicialmente deberá emplazar por escrito a su empleador imputándole el acto de hostilidad correspondiente, otorgándole un plazo razonable no menor de seis días naturales para que, efectúe su descargo o enmiende su conducta, según sea el caso.”

Sin otro particular, quedo de Ud. esperando enmiende su conducta.

Atentamente,


…………….. ………………… ……………….
DNI. ……………,
Dirección domiciliaria en ………………………..